Conclusiones



  • El proyecto es viable gracias al TLC firmado por Perú y Chile, el cual ha abierto puertas a la exportación, ya que libraron el pago de los aranceles, repercutiendo en el costo del producto. Además el Protocolo Fitosanitario hace posible el ingreso de la palta fresca bajo cumplimiento de las normas de salubridad debidas, lo cual antes de su firma representaba un obstáculo

  • La exportación definitiva es el régimen aduanero aplicable a las mercancías en libre circulación que salen del territorio aduanero para su uso o consumo definitivo en el exterior. La salida física de las mercancías del territorio nacional hacia el territorio aduanero de un tercer país, constituye la modalidad típica de exportación definitiva. Además, se considera como una exportación definitiva, el ingreso de mercancías del resto del territorio nacional hacia los CETICOS, a fin de ser destinados posteriormente al extranjero

  • La contratación de un seguro de transporte de mercancías es relevante al momento que exportamos algún bien por el motivo que surja posibles daños o pérdidas se presenta como un aspecto fundamental a la hora de realizar cualquier tipo de transacción comercial. Para nuestro caso las pólizas abiertas es la mas adecuada por el motivo que las mercancías que se enviaran un único cliente en más de un viaje durante la misma operación comercial.

  • La gran parte de contrato que se realizan en el comercio exterior, no conocen a sus vendedores por lo cual si no conoces bien al importador se recomienda que el exportador solicite la apertura de una carta de crédito confirmada a su favor como forma de pago.

  • La palta Hass de Peru tiene preferencia de exportación hacia Chile ya que no hay cobro de aranceles por parte del Gobierno Chileno sobre dicho rubro. El Senasa es el responsable de la vigilancia Fitosanitaria por parte de Peru y en el Caso de Chile es el SAG,  conocido como Servicio Agrícola Ganadero. La palta en Chile suele escasear por temporadas,  por lo cual es un excelente producto para exportar,  y tiene buena recepción.

  • Si el valor FOB es superior a los 5000 USD  el tramite se hace mediante agente de aduana,  si el valor es menor a 5000 USD se hace con una declaración simplificada por parte del exportador,  por vía electrónica a través de Sunat. Los agentes de aduana,  en promedio,  cobran 0.45% sobre el valor CIF de la mercancía.

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